Micelio
Auto7 de diciembre de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Armando Garzon Cordoba

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado de Familia del Circuito de Soacha y el Juzgado Treinta y Tres Civil del Circuito de Bogotá D.C.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

Se dirime el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado de Familia del Circuito de Soacha, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se advierte a esta autoridad que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de acuerdo con lo señalado en la parte motiva del presente auto.

Al otro despacho se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido el 26 de octubre de 2021 por el Juzgado de Familia del Circuito de Soacha, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Armando Garzon Cordoba contra la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4108, que contiene la accion de tutela presentada por el senor Armando Garzon Cordoba contra la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional, al Juzgado de Familia del Circuito de Soacha, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado de Familia del Circuito de Soacha que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de competencia de acuerdo con lo senalado en la parte motiva de la presente providencia.
  4. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Treinta y Tres Civil del Circuito de Bogota que siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550 de 2018 de esta corporacion.
  5. Quinto. Por la Secretaria General de esta corporacion, COMUNICAR la presente decision al accionante y al Juzgado Treinta y Tres Civil del Circuito de Bogota.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.